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¿Quién se queda con el perrito? Reforma histórica en la CDMX

El 18 de agosto de 2025, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la reforma histórica ¿Con quién se queda el perro?, que cambia la forma en que la ley ve a los animales de compañía.“

Es maravilloso que esta entidad sea la primera, pero todavía falta que llegue al Gobierno Federal”, señaló Ana María Ramírez Sánchez, académica de la Facultad de Derecho de la UNAM.

¿Quién se queda con el perrhijo o gathijo?

La norma aplica para perros, gatos y otras especies permitidas, incluidos animales silvestres con los permisos correspondientes.

El animal de compañía debe quedarse con la persona que pueda encargarse de sus necesidades: llevarlo al veterinario, darle buena alimentación y, sobre todo, dedicarle tiempo para brindarle cuidados y momentos de juego.

Si ambas partes cuentan con recursos, también se tomarán en cuenta los vínculos afectivos. “A veces el ser vivo tiene mayor apego con un miembro de la familia”, explicó la especialista universitaria.

Antecedentes legales

Hasta ahora, la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la CDMX había sido insuficiente, pues en la legislación civil los animales eran considerados como cosas o bienes muebles.

“La descodificación implica que se les dejen de considerar cosas o bienes muebles”, afirmó Ana María Ramírez Sánchez.

En los divorcios, por ejemplo, el artículo 267 del Código Civil capitalino obligaba a incluir a los animales de compañía en el inventario de bienes adquiridos durante el matrimonio, lo que los equiparaba a objetos.

La reforma del 18 de agosto los saca de ese inventario y establece una cláusula específica para definir quién tendrá la custodia de los animales de compañía.

Custodia y tutela de animales de compañía

“La custodia implica responsabilidad, una obligación jurídica que incluye su alimentación, atención veterinaria y la cuestión de esparcimiento”.

La reforma también contempla la custodia compartida, que significa el reparto equitativo de los tiempos de convivencia entre las personas responsables del cuidado.

Aunque la tutela ya está señalada en la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México, aún falta trasladar esa responsabilidad al Código Civil, pues los animales todavía no son plenamente entendidos como seres sintientes, sino como cosas.

La importancia de esta reforma

Esta reforma armoniza lo establecido en la CDMX con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo artículo cuarto prohíbe el maltrato animal.

“En la Constitución de la Ciudad de México, en el artículo décimo tercero, apartado B, se reconoce a los animales como seres sintientes, y el deber jurídico que tenemos como seres humanos de darles un trato digno”, explicó Ana María Ramírez Sánchez.

El trato digno consiste en considerarlos como parte de la familia, como individuos y seres vivos, no como cosas.

También guarda congruencia con sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como el amparo 307/2016 y el amparo de revisión 263/2018, que establecen que los animales son merecedores de protección jurídica en sí mismos.

En el dictamen aprobado se plantea reconocer a los animales como seres sintientes en todos los actos jurídicos en los que estén involucrados, como la compra-venta.

“Una cosa es proteger a los animales en sí mismos y otra es regular lo que hacemos con ellos”.

¿Qué sigue en materia federal?

Todavía queda pendiente descosificarlos a nivel federal, es decir, en todas las entidades de la República.

“Los animales de la Ciudad de México no son seres sintientes por vivir en la capital, sino que lo son en cualquier estado de la República”.

Para ello, el siguiente paso sería modificar el Código Civil Federal y reconocerlos como seres sintientes bajo una figura jurídica que los proteja, por ejemplo, como sujetos de derechos.