Explora unam global tv
Explora unam global tv
explorar
Explora por categoría
regresar

La violencia obstétrica bajo la lente jurídica y de derechos humanos

Como coordinadora del Observatorio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la UNAM, la abogada e investigadora María Elisa Franco nos ofrece un panorama del fenómeno de la violencia obstétrica desde un prisma jurídico y de derechos humanos.

La Corte Interamericana comprende la violencia obstétrica como una forma específica de violencia de género, manifiesta durante el embarazo, el parto y el postparto. Franco sostiene que el trato irrespetuoso, abusivo, negligente, e incluso la denegación del servicio durante el embarazo en centros de salud —tanto públicos como privados— son ejemplos de estas situaciones.

La Corte sostiene que los Estados deben asegurarse de que las necesidades de las mujeres sean atendidas. Del mismo modo, la Organización Mundial de la Salud informa que entre el 85 y el 95 por ciento de las muertes maternas son consecuencia de la negligencia y la desatención del sector salud.

Franco hace referencia al caso de la argentina Cristina Brítez Arce, un hito en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Brítez Arce, de 40 años y embarazada, falleció debido a negligencia médica, lo que desencadenó una campaña para prevenir la violencia contra las mujeres y dar visibilidad a los derechos de las embarazadas.

Para la académica de la UNAM, el caso de Argentina debe impulsar la acción en favor de los derechos humanos de las mujeres embarazadas. Considera que las “estructuras patriarcales” han mantenido oculta la violencia obstétrica, pero que hoy en día, los jueces ya tienen acceso a información relativa a este tipo de violencia.

En México, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia no incluye la violencia obstétrica como un tipo específico de violencia. Según la coordinadora del Observatorio, esto es una clara muestra de resistencia del sector médico para incorporar y entender la violencia obstétrica como una forma de violencia de género.

Hoy día, los jueces no pueden alegar desconocimiento sobre qué es la violencia obstétrica, pues están obligados a aplicar la jurisprudencia impuesta por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Franco destaca que, históricamente, ha habido una apropiación del cuerpo de las mujeres, y enfatiza la importancia de entender el embarazo como un proceso natural y de dejar de estigmatizar y patologizar el parto y el postparto.

La experta de la UNAM menciona que gracias a los movimientos feministas en México se ha logrado un progreso jurídico en cuanto a visibilizar la violencia obstétrica. No obstante, sostiene que será la Comisión Nacional de los Derechos Humanos la que deberá reconocer el derecho humano a una vida libre de violencia obstétrica.

La pobreza es otro factor que la Corte Interamericana señala en su análisis de la violencia obstétrica. Un ejemplo de esta complejidad sería el caso de una mujer indígena, embarazada y en condiciones de pobreza, quien enfrentaría múltiples formas de vulnerabilidad que deben ser consideradas en el análisis e investigación de la violencia obstétrica.

El Estado, por su parte, tiene la obligación específica de proporcionar seguridad y protección a las mujeres embarazadas en los centros médicos.

Finalmente, Franco, abogada feminista, hace un llamado a fortalecer las herramientas y los derechos de las mujeres embarazadas, y advierte que el marco normativo y jurídico actual es insuficiente en lo que respecta al contenido del derecho a la salud, la integridad personal y el derecho a la vida.

Es necesaria una interpretación más precisa del contenido del derecho humano a una vida libre de violencia. Franco sostiene que es un avance significativo que se haya considerado un Derecho Humano a una Vida Libre de Violencia Obstétrica, ya que sitúa la obligación del Estado en proporcionar protección, seguridad y atención a las mujeres embarazadas en el centro del debate.

Para propiciar un cambio, es fundamental que las instituciones médicas brinden atención a las mujeres embarazadas desde una perspectiva de género y que se comience a conscientizar sobre la violencia obstétrica como una estructura de desigualdad, modificando el trato deshumanizado y abusivo que se impone sobre los cuerpos de las mujeres embarazadas.

Ideas destacadas sobre violencia obstétrica

  1. La violencia obstétrica es una forma específica de violencia de género que se presenta durante el embarazo, parto y postparto, y tiene implicaciones serias de derechos humanos.
  2. La Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Organización Mundial de la Salud reconocen la negligencia y el maltrato en la atención de salud durante el embarazo como violencia obstétrica.
  3. El caso de Cristina Brítez Arce en Argentina, quien murió por negligencia médica durante su embarazo, es un hito que evidencia la necesidad de proteger los derechos de las mujeres embarazadas y prevenir la violencia obstétrica.
  4. La abogada María Elisa Franco sostiene que los sistemas judiciales y médicos deben superar la resistencia a reconocer y entender la violencia obstétrica como una forma de violencia de género.
  5. En México, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia no reconoce a la violencia obstétrica como un tipo específico de violencia, lo cual refleja la resistencia del sector médico a considerarla como tal.
  6. La apropiación histórica del cuerpo de las mujeres y la estigmatización y patologización del embarazo, parto y postparto han contribuido a la violencia obstétrica.
  7. Los movimientos feministas en México han logrado avances significativos en la visibilidad de la violencia obstétrica y en la lucha por su reconocimiento legal.
  8. La interseccionalidad de la violencia obstétrica con factores como la pobreza y la identidad étnica incrementa la vulnerabilidad de las mujeres embarazadas y debe ser considerada en su análisis.
  9. El Estado tiene la obligación de proporcionar seguridad y protección a las mujeres embarazadas en los centros médicos.
  10. Se requiere una interpretación más precisa del derecho a una vida libre de violencia que considere la violencia obstétrica, además de la necesidad de proporcionar atención a las mujeres embarazadas desde una perspectiva de género y de reconocer la violencia obstétrica como una estructura de desigualdad.